Escribiste «trámites en el INM» en Google y terminaste con cinco pestañas abiertas. Dos de ellas son del propio INM, y ninguna te dice cuál de las dos es la buena.

Aquí va el dato que ahorra la mitad del camino: el Instituto Nacional de Migración opera dos sitios distintos, uno para iniciar trámites de verdad y otro para leer avisos y comunicados, y ninguno de los dos menciona que el otro existe. Quien hace estos trámites a diario entra directo al primero y no pierde la tarde. Este artículo ordena los trámites del INM por lo que te está pasando, no por cómo se llaman en la ley: qué trámite te toca, cuál exige cita obligatoria, cuánto cuesta cada uno en 2026 y qué hacer cuando el expediente se queda callado.

Respuesta rápida

casi todo lo que resuelve el INM cae en cinco grupos, y de esos salen los 18 trámites que exigen cita en línea previa.

  • Cambios de condición de estancia (a temporal, permanente o por unidad familiar)
  • Expedición, renovación, canje o reposición del documento migratorio
  • Las cinco notificaciones de cambio: domicilio, trabajo, estado civil, nacionalidad y nombre
  • Permiso para trabajar para residentes temporales
  • Regularización de quien se quedó fuera de plazo
  • 18 de estos trámites solo se atienden con cita en línea previa

Qué resuelve el INM y qué no (y por qué eso te ahorra la primera vuelta)

La primera vuelta perdida casi nunca es por un documento faltante. Es por haber tocado la puerta equivocada. Llega gente a la ventanilla del INM a pedir una visa que solo se otorga en consulado, a corregir un acta que corresponde al Registro Civil, o a preguntar por la naturalización, que tampoco es competencia del Instituto. Ese viaje no se recupera: se va el día, y si había un plazo corriendo, sigue corriendo.

Abogada migratoria en Querétaro orientando por teléfono sobre qué trámites resuelve el INM

La frontera es más simple de lo que parece. El INM resuelve tu estancia cuando ya estás en territorio mexicano: qué condición de estancia tienes, qué documento la acredita, cómo la cambias y cómo la renuevas. También administra la Forma Migratoria Múltiple o FMM, el documento con el que entra quien llega como visitante.

La visa previa a viajar la otorga la Secretaría de Relaciones Exteriores en el consulado de tu país, antes de que subas al avión, y la naturalización también va por la SRE. Si tu pregunta empieza con «quiero venir a México», tu interlocutor es un consulado. Si empieza con «ya estoy aquí y…», es el INM.

El Instituto opera a través de 32 Oficinas de Representación, una por entidad federativa, y ahí viene la segunda regla que sorprende: tu trámite se presenta en la oficina que corresponde a tu domicilio o, si no coinciden, a la de tu lugar de trabajo. No en la que te queda más cerca de casa de un familiar ni en la que tiene menos fila. La competencia territorial la fija tu domicilio, punto. Puedes consultar cuál Oficina de Representación del INM te corresponde antes de moverte, y si el resultado te queda lejos, ese es el momento de planear el viaje, no el día de la cita.

Existe además el Centro de Atención Migratoria, el CAM, con atención gratuita al 800 00 46 264 de lunes a viernes de 07:00 a 23:00 horas y sábados y domingos de 09:00 a 17:00. Ese horario es inusualmente amplio para una institución mexicana, y casi nadie lo usa. Llamar antes de acudir en persona es el paso más barato de todo el proceso: te orientan sobre qué trámite corresponde a tu caso y qué documentos llevar, sin costo y sin cita. Una llamada de diez minutos sustituye una mañana completa de traslado, fila y regreso con las manos vacías.

Tip del abogado

Tip del abogado: antes de armar cualquier carpeta, llama al CAM y describe tu situación en voz alta, tal como se la contarías a un amigo. Escucha con qué nombre te devuelven el trámite. Ese nombre exacto es el que vas a buscar después en el micrositio, y es donde se traba casi todo el mundo: buscan con sus palabras un trámite que la autoridad nombra de otra manera.

Todo lo que sigue lo puedes hacer por tu cuenta, y este artículo te da el procedimiento completo. Si después de leerlo prefieres que alguien que arma estos expedientes cada semana se encargue de la logística, la consulta inicial con el bufete ocupa menos tiempo del que tardarías en comparar los requisitos de dos trámites parecidos.

Los trámites del INM ordenados por lo que te está pasando

Nadie busca «cambio de condición de estancia por unidad familiar». La gente busca «me casé con un mexicano, ¿ahora qué?». El puente entre esas dos frases es exactamente lo que falta en todos los resultados de Google, incluidos los del propio INM. El Instituto nombra sus trámites migratorios con lenguaje de norma («Cambio de visitante por razones humanitarias a residente permanente») y en ningún lado traduce eso a la vida real de quien lo necesita.

Pareja revisando qué trámite en el INM les corresponde tras casarse en México

Este es ese puente. Ubícate en el escenario que se parezca al tuyo y quédate con el nombre oficial: con ese nombre exacto vas a encontrar requisitos, costo y formato en el micrositio en menos de un minuto.

Infografía que traduce situaciones comunes al nombre oficial del trámite del INM, con columna de cita obligatoria

«Me casé con mexicano o tengo un hijo mexicano»

Tu trámite se llama cambio de condición de estancia por unidad familiar, y exige cita obligatoria. Este es el escenario que más veces llega sin que la persona sepa siquiera que el trámite existe: alguien se casa con una persona mexicana o le nace un hijo en territorio nacional, intuye que «algo tiene que hacer» y busca en genérico. El vínculo familiar con mexicano abre una vía propia, distinta de la residencia por oferta de empleo y con requisitos documentales más ligeros, porque lo que se acredita no es solvencia sino parentesco: acta de matrimonio o acta de nacimiento del hijo, más la identificación y la CURP del familiar mexicano.

Si te reconoces aquí, conviene que revises cómo funciona la residencia por matrimonio con mexicano antes de pedir la cita. Los documentos de origen, apostillas y traducciones incluidas, tardan más en llegar que el trámite mismo, y es ahí donde se atora la mayoría de estos expedientes.

«Mi tarjeta está por vencer o ya venció»

Aquí hay dos trámites distintos que la gente confunde. La renovación de tarjeta de residente aplica cuando tu condición de estancia sigue siendo la misma y solo se prolonga la vigencia del documento. El canje de documento migratorio aplica cuando lo que cambia es el soporte: llegaste con una visa pegada en el pasaporte y necesitas convertirla en tarjeta de residente. El artículo 59 de la Ley de Migración te da 30 días naturales desde tu ingreso para gestionarla.

Los dos exigen cita obligatoria y los dos se caen por lo mismo: llegar fuera de plazo. La diferencia operativa importa porque el canje tiene un reloj corto y sin prórroga, mientras que la renovación se puede preparar con semanas de anticipación. Si tu caso es el segundo, revisa primero el proceso completo de renovación de la residencia temporal.

«Me mudé, cambié de trabajo, me casé o cambié de nombre»

Este es el grupo que más dinero cuesta por puro desconocimiento. El artículo 63 de la Ley de Migración te da 90 días naturales para comunicarle al INM cuatro cambios: notificación de cambio de domicilio, notificación de cambio de trabajo, notificación de cambio de estado civil y notificación de cambio de nacionalidad. A esas cuatro se suma la de nombre, que se tramita igual. El plazo corre desde el hecho, desde el día que firmaste el contrato de arrendamiento nuevo, no desde el día que te enteraste de que tenías que avisar.

Estas notificaciones de cambio existen porque tu tarjeta de residente es un documento vivo: el INM necesita poder localizarte y saber bajo qué condiciones sigues en el país. Cuatro de las cinco generan sanción administrativa si te pasas del plazo; solo la de nombre es gratuita y sin multa. El patrón recurrente es siempre el mismo: alguien se muda de casa, no relaciona ese cambio con una obligación migratoria, y descubre que existía cuando ya hay sanción de por medio. Tienes la guía completa de cómo notificar al INM el cambio de domicilio o de trabajo con el formato correspondiente.

«Tengo residencia temporal y quiero trabajar»

Tener la tarjeta de residente temporal no te habilita para trabajar. Es la confusión más cara de esta lista, porque quien la comete ya empezó a cobrar. El permiso para trabajar es un trámite aparte, con su propia cita, su propio expediente y su propio pago, y aplica tanto al residente temporal como al residente temporal estudiante.

Si tu tarjeta dice «residente temporal» sin la anotación de permiso para laborar, cualquier ingreso que percibas queda fuera de la condición que te autorizaron. Eso complica la renovación siguiente, cuando el INM cruza tu expediente con tu situación fiscal y tu RFC no coincide con la condición de estancia que tienes registrada.

«Llevo tiempo aquí sin documentos en regla»

La irregularidad migratoria tiene solución, y la vía más frecuente es la regularización por unidad familiar cuando hay cónyuge o hijo mexicano de por medio. Lo que cambia respecto a un trámite ordinario es la mecánica del pago (dos momentos distintos, con montos muy diferentes entre sí) y el hecho de que el INM valora el tiempo que llevas fuera de plazo. Entre más tiempo pase, más se complica la vía y más sube el costo. Si este es tu escenario, empieza por entender la regularización por vínculo familiar y sus multas, porque es la sección donde presupuestar mal es más frecuente.

Los dos sitios del INM y por qué uno te hace perder la tarde

Buscas «trámites INM» y Google te devuelve los dos sitios oficiales mezclados en los primeros lugares, sin ninguna señal de cuál sirve para qué. La mayoría aterriza en el institucional, lee tres avisos, no encuentra ningún botón que inicie nada, y concluye que «la página del INM no sirve». La página sí sirve. Es que hay dos, y estabas en la otra.

Mujer extranjera comparando los dos portales oficiales para trámites en el INM desde su laptop

El micrositio de trámites migratorios, en inm.gob.mx/mpublic, es el sitio operativo. Ahí se inicia la solicitud, se consultan los requisitos exactos de cada trámite, se genera la Hoja de Ayuda para pagar en el banco y se da seguimiento al expediente ya iniciado. Está organizado por categorías: visas, permisos, notificaciones de cambio, expediciones de documento migratorio, regularizaciones, constancias de empleador, cambios de condición de estancia, autorización de internación por razones humanitarias, frontera sur, formato de salida de menores, tarjeta ABTC y certificado de situación migratoria.

Cada categoría lleva enlace directo a solicitud, requisitos, pago y seguimiento. El propio INM explica cómo usar su micrositio de trámites migratorios en un artículo de su blog, lo cual tiene su ironía: la explicación de cómo usar el sitio operativo vive en el sitio institucional.

Porque el segundo sitio, gob.mx/inm, es exactamente eso: institucional. Blog, avisos, comunicados, programas, notas de prensa. Es útil para enterarte de que cambió una tarifa o de que abrió un módulo nuevo, y es inútil para tramitar: no tiene formularios, no genera pagos y no consulta expedientes.

La confusión se sostiene porque los dos son oficiales, los dos terminan en gob.mx, y Google los indexa por separado sin jerarquía visible para quien busca. Hay incluso un tercero, el Portal de Servicios del INM, que atiende pre-registro y pagos de visitante, y que es el que aparece cuando buscas por FMM.

La regla práctica cabe en una línea: si la página que estás leyendo no tiene un botón para iniciar la solicitud o generar el pago, estás en el sitio equivocado. Aplícala en los primeros diez segundos de cada página que abras y te ahorras el recorrido completo. Esa distinción, que ningún resultado de búsqueda explica, es la diferencia entre resolver un trámite en una tarde y pasar tres días convencido de que el sistema está roto.

Tip del abogado

Tip del abogado: guarda el micrositio operativo en favoritos el día que hagas tu primer trámite, con el nombre «INM trámites». Vas a volver. Entre canje, renovación, notificaciones de cambio y el eventual cambio a permanente, un extranjero con residencia entra a ese sitio varias veces en el ciclo de su estancia, y cada vez que llegues por Google vas a tener la misma probabilidad de aterrizar en el sitio equivocado.

Los 18 trámites que no te atienden sin cita

Hay 18 trámites del INM donde presentarse sin cita no es arriesgado: es inútil. No te atienden. Y no son trámites de nicho, son justo los más comunes, los que hace la mayoría de los extranjeros con residencia en algún momento de su estancia. Vale la pena leer la lista completa antes de salir de casa, porque la decisión de «me doy una vuelta a ver si me atienden» tiene costo cero de información y costo alto de ejecución.

Entrada de una oficina de gobierno en Querétaro donde se atienden trámites en el INM con cita

Los 18 se agrupan así. Primero, los cambios de condición de estancia en todas sus combinaciones: a residente permanente, a residente temporal, los que parten de visitante por razones humanitarias, los que se hacen por unidad familiar y los que saltan entre categorías. Segundo, el bloque de documento: expedición de tarjeta de residente por renovación, expedición de documento migratorio por canje, ampliación de tarjeta de visitante, expedición por acuerdo y reposición de documento migratorio.

Tercero, las cinco notificaciones de cambio completas: domicilio, trabajo, estado civil, nacionalidad y nombre. Y cuarto, el permiso para trabajar. Puedes cotejarlo contra la lista oficial de los 18 trámites que requieren cita previa publicada por el propio Instituto.

Cruza esa lista con el mapa de la sección anterior y el resultado es contundente: los cinco escenarios de vida más frecuentes caen todos dentro de los 18.

Te casaste con mexicano, cita. Se te vence la tarjeta, cita. Te mudaste, cita. Quieres trabajar con tu residencia temporal, cita. Vas a regularizar, cita.

Prácticamente cualquier persona que llegue a este artículo con una situación concreta necesita agendar cita en el Sistema de Citas en Línea antes de cualquier otra cosa.

La cita en línea es el paso que la propia comunidad de extranjeros identifica como el cuello de botella real del proceso. No el trámite, no los documentos: la cita. Ahí es donde conviene ajustar expectativas, porque la disponibilidad varía por Oficina de Representación del INM y por temporada: la delegación Querétaro no libera agenda al mismo ritmo que una oficina de la Ciudad de México, y esa diferencia se nota cuando tienes un vencimiento encima.

El plazo legal de tu trámite, contado en días hábiles, no empieza a correr el día que decides hacerlo sino el día que efectivamente presentas. Si tienes un vencimiento encima, la cita es lo primero que tienes que resolver, incluso antes de tener la carpeta completa. Los trámites que quedan fuera de los 18 se resuelven por escrito libre o directamente en el micrositio, sin comparecencia.

Conviene agendar cita cuanto antes si:

  • Tu tarjeta de residente vence dentro de los próximos tres meses
  • Ya se te venció un plazo de 90 días de notificación de cambio
  • Llegaste a México con visa y estás dentro de los 30 días para el canje
  • Tu caso encadena dos trámites (por ejemplo, canje y luego permiso para trabajar)

No necesitas cita si:

  • Solo vas a consultar el estatus de un expediente ya iniciado
  • Tu gestión se resuelve por escrito libre en el micrositio
  • Todavía estás en fase de averiguar qué trámite te corresponde (para eso está el CAM)

Lo que cuesta cada trámite en 2026 (y los dos pagos que nadie presupuesta)

La pregunta real nunca es «cuánto cuesta el trámite». Es «cuánto voy a haber pagado cuando esto termine». Y ahí la tabla oficial engaña a quien la lee rápido, porque varios trámites del INM se pagan en dos momentos distintos: uno al presentar la solicitud y otro cuando ya está aprobada y toca expedir el documento. El segundo pago es casi siempre el grande.

Hoja de ayuda y comprobantes para pagar los derechos de trámites en el INM en 2026

Quien presupuesta el primero y se olvida del segundo se lleva la sorpresa en el peor momento: con el trámite autorizado y el documento retenido hasta que aparezca el dinero.

Primer dato antes de cualquier monto: las tarifas de Derechos Migratorios 2026 entraron en vigor el 1 de enero de 2026. Si estás consultando una tabla de 2025, o un blog que no dice de qué año son sus cifras, vas a generar mal la Hoja de Ayuda y el banco te la va a rechazar en ventanilla. Es un viaje perdido por un dato desactualizado.

El cambio a residente permanente tiene un detalle que conviene conocer. El pago de expedición del documento es de $13,579.00 al 100%, o de $6,789.00 con la cuota del 50%. Y este es el único trámite donde el propio INM aclara expresamente en su tabla que el descuento del 50% aplica siempre, sin excepción. Si alguien te dice que te toca el monto completo, ese es el dato con el que respondes.

Cuando llegues a ese punto de tu estancia, revisa con calma el paso de residente temporal a permanente, porque el monto es solo una parte de la decisión.

La regularización por unidad familiar es el ejemplo más claro de la mecánica de los dos pagos. El Pago 1, de recepción y estudio de la solicitud, es de $1,847.00. Parece accesible, y lo es. Pero el Pago 3, de expedición según la temporalidad que te autoricen, va de $5,570.00 (residente temporal por un año, con cuota del 50%) hasta $25,058.00 en el caso de residente temporal por cuatro años con cuota al 100%.

Entre esos dos extremos hay casi veinte mil pesos de diferencia, y depende de la temporalidad que resuelva el INM, no de lo que tú elijas. Presupuestar $1,847.00 y encontrarte con $25,058.00 tres meses después es un golpe evitable con una conversación de quince minutos antes de empezar.

El resto se lee rápido. El permiso para trabajar es un pago único de $4,341.00. La notificación de cambio de nombre no cuesta nada, es gratuita. Y la sanción administrativa por no notificar a tiempo el cambio de domicilio, trabajo, estado civil o nacionalidad va de 20 a 100 días UMA, conforme al artículo 158 de la Ley de Migración: con el valor diario de $117.31 vigente, eso son entre $2,346.00 y $11,731.00.

No es un monto fijo. El INM valora el caso y decide dónde cae dentro de ese rango, lo cual significa que una notificación con tres días de retraso y una con dos años de retraso no se sancionan igual.

Ese rango es justo donde el cálculo financiero se vuelve interesante. Una sanción de $11,731.00 más un cambio a permanente presupuestado al doble de lo que debía, más una cita reagendada porque el expediente se rechazó, suma más que la asesoría que habría evitado las tres cosas. No siempre pasa, y muchos trámites salen limpios a la primera. Pero cuando hay plazos vencidos o dos trámites encadenados, la aritmética cambia de lado.

Infografía con los costos 2026 de trámites del INM: monto al 100%, al 50% y el momento de cada pago

Una última cosa sobre el pago, y es práctica. Se paga con la Hoja de Ayuda que genera el portal, en ventanilla bancaria. El INM no recibe dinero en efectivo en sus oficinas y lo aclara de forma expresa. Llevar efectivo a la ventanilla con la idea de «ahí mismo lo arreglo» no es una opción disponible.

Los cuatro errores que atoran un expediente (y cómo se evitan)

Lo que atora un expediente casi nunca es una negativa del INM. Son fallas de forma: un dato capturado mal, un plazo que ya venía corriendo sin que nadie lo supiera, un pago hecho por la vía equivocada. Y las fallas de forma tienen un costo particular, porque el trámite no se corrige sobre la marcha: se reinicia. Vuelves al principio, con el reloj desde cero y, en varios casos, pagando otra vez.

Abogado migratorio revisando con su cliente los errores que atoran un trámite en el INM

El primer error es de sitio, y ya lo cubrimos: empezar a buscar en el portal institucional en vez del micrositio operativo. La consecuencia práctica es que la persona se forma una idea equivocada de los requisitos con base en un artículo de blog del año pasado, arma la carpeta con esa idea, y descubre en ventanilla que el formato cambió. El micrositio publica el requisito vigente; el blog institucional publica la noticia de cuando cambió.

El segundo es de plazo, y es el más caro. Los 90 días para notificar un cambio corren desde el hecho, no desde el día que te enteras de que la obligación existe. Esa distinción es el corazón del problema: el plazo no espera a que tú lo descubras. La regla existe porque el INM necesita que tu expediente refleje tu situación real mientras tengas condición de estancia vigente, y una tarjeta que dice que vives en un domicilio donde ya no vives deja de servir como documento de identificación válido.

Si el plazo ya venció, la notificación sigue siendo el camino correcto: se presenta igual, se acepta la sanción que corresponda dentro del rango del artículo 158, y el expediente queda al día. Lo que no funciona es no notificar, porque el incumplimiento se acumula y aparece en el peor momento: cuando pides la renovación.

El tercero es de captura. Formatos incompletos, datos que no coinciden entre documentos, un nombre escrito distinto en el pasaporte y en el acta. El INM no interpreta discrepancias: rechaza la solicitud y te devuelve el expediente. Reinicias, y vuelves a pagar el derecho correspondiente.

Este tipo de falla es idéntica sin importar el trámite, y por eso vale la pena revisar los errores más comunes al canjear la visa, donde el mismo patrón está desarrollado paso a paso para un trámite concreto. Lo que aprendas ahí aplica a todos los demás.

El cuarto es de pago. Intentar pagar en efectivo en las oficinas del INM, o pagar sin la Hoja de Ayuda generada en el portal. El segundo caso es el que más confusión genera, porque la persona sí pagó, tiene su comprobante, y aun así el pago no se puede asociar a su expediente: la Hoja de Ayuda lleva la referencia que vincula el dinero con tu trámite específico.

Sin esa referencia, el banco recibió un depósito y el INM no tiene forma de saber que era tuyo. Recuperar ese dinero es un procedimiento aparte, mucho más lento que el trámite original.

Conviene contratar al bufete si:

  • Tu plazo de notificación o de canje ya venció y hay sanción de por medio
  • Tienes dos trámites encadenados y el orden entre ellos importa
  • Ya te rechazaron un expediente y no tienes claro por qué
  • Tus documentos de origen tienen discrepancias de nombre o fechas

Puedes hacerlo solo si:

  • Tu caso es un trámite único, en plazo y sin antecedentes de rechazo
  • Tienes tiempo para agendar cita, armar la carpeta y presentarte en persona
  • Tus documentos de identidad coinciden entre sí, letra por letra
  • Aceptas que si algo rebota, reinicias el proceso y vuelves a pagar

Ya iniciaste el trámite y no pasa nada. Qué sigue.

El momento más incómodo del trámite no es la ventanilla. Es el silencio de después. Entregas el expediente, te vas a casa, y empieza una espera sin ninguna señal de vida. Pasan semanas, no llega correo, no suena el teléfono, y tú no sabes si tu carpeta está avanzando, detenida o traspapelada.

Hombre consultando el estatus de su trámite en el INM con el número único de expediente

Lo que muchos no saben es que esa espera sí se puede consultar, y que la herramienta para hacerlo lleva años publicada.

El primer requisito es el NUE, el Número Único de Expediente. Es el folio que se genera cuando tu trámite queda formalmente iniciado, y es la llave de todo lo que sigue. Guárdalo el mismo día que lo recibes, en más de un lugar: fotografía del acuse, nota en el teléfono y copia en tu correo.

Sin el NUE no hay consulta posible, y recuperarlo implica volver a la Oficina de Representación a pedir el dato que ya te habían dado. Es el error administrativo más simple de evitar y uno de los más frecuentes.

Con el NUE en mano, el INM tiene un sistema oficial de seguimiento de trámite en su portal que devuelve el estatus del expediente con fecha y ubicación. No es una barra de progreso amable, pero dice lo que necesitas saber: si el expediente se movió, dónde está y desde cuándo.

La diferencia entre consultar activamente y esperar notificación es enorme, porque el sistema de notificación del INM asume que tú estás pendiente. Si tu expediente requirió algo adicional y el aviso no te llegó, el tiempo corre igual. Consultar cada dos o tres semanas convierte una espera ciega en información accionable.

Ahora bien, el seguimiento te dice dónde está el expediente, no por qué se detuvo. Cuando un trámite lleva parado más tiempo del razonable para su tipo, hay vías para moverlo, y empiezan por documentar la cronología de tu propio caso: fecha de presentación, número de consultas hechas, capturas del estatus. Con eso en mano, el procedimiento para insistir formalmente tiene sustento, y está desarrollado en detalle en qué hacer cuando el trámite se queda estancado en el INM.

Y si en lugar de silencio lo que llega es una resolución negativa, ese escenario también tiene salida y tiene reloj. Una negativa no cierra el tema: abre un plazo para impugnarla, y ese plazo sí es perentorio. Perderlo convierte una resolución revisable en una resolución firme, que es un problema distinto y bastante más difícil. Si estás en ese punto, revisa cómo apelar una negativa del INM dentro del plazo antes de hacer cualquier otra cosa, incluido volver a presentar el mismo trámite desde cero, que suele ser la reacción instintiva y casi nunca la mejor.

Tu siguiente movimiento, según en qué punto estés

Tres cosas que se llevan este artículo. La primera: entra por el micrositio operativo, no por el sitio institucional, y aplica la regla del botón. Si no hay forma de iniciar solicitud o generar pago, estás en el sitio equivocado.

La segunda: ubica tu trámite por lo que te pasó, no por cómo se llama, y confirma de inmediato si está entre los 18 que exigen cita, porque probablemente lo está. La tercera: presupuesta los dos pagos cuando tu trámite los tenga, y guarda el NUE desde el primer día.

El movimiento de hoy, si solo vas a hacer uno: identifica tu escenario en el mapa de la segunda sección, anota el nombre oficial de tu trámite, y entra al micrositio a confirmar si requiere cita. Son quince minutos y te dicen si tu situación es de agendar ahora mismo o de preparar documentos primero.

Si al hacer ese ejercicio te encuentras con que el plazo ya venía corriendo, que hay una negativa anterior en tu expediente, que hay sanción de por medio o que tu caso necesita dos trámites en un orden específico, ahí es donde la consulta se paga sola. Agenda una revisión del caso antes de presentar cualquier cosa: en ese tipo de escenarios, lo que se presenta mal no se corrige, se reinicia, y reiniciar cuesta el tiempo completo más el derecho otra vez.

Preguntas Frecuentes

P1¿Qué trámites se pueden hacer en el INM?

El INM resuelve cinco grandes grupos: cambios de condición de estancia, expedición o renovación de documento migratorio, las cinco notificaciones de cambio, permiso para trabajar y regularización. De ese universo, 18 trámites solo se atienden con cita en línea previa, incluidos los más comunes como renovación, canje y cambios de condición de estancia.

P2¿Cuánto cuesta hacer un trámite en el INM en 2026?

Depende del trámite y de si se paga en uno o dos momentos. El permiso para trabajar es un pago único de $4,341.00; el cambio a residente permanente cuesta $13,579.00 al 100% o $6,789.00 al 50%; la regularización por unidad familiar va de $1,847.00 de estudio más $5,570.00 a $25,058.00 de expedición. La notificación de cambio de nombre es gratuita.

P3¿Qué pasa si no notifico al INM que cambié de domicilio?

Tienes 90 días desde la mudanza para notificar, y fuera de ese plazo aplica una sanción administrativa de 20 a 100 días UMA conforme al artículo 158 de la Ley de Migración: entre $2,346.00 y $11,731.00 con el valor vigente de $117.31. Si el plazo ya venció, el camino sigue siendo notificar, porque el incumplimiento acumulado complica tu siguiente renovación.

P4¿Puedo hacer mi trámite en cualquier oficina del INM?

No. El trámite se presenta en la Oficina de Representación que corresponde a tu domicilio o, si no coincide, a la de tu trabajo, no en la que te quede más cerca. El INM tiene 32 oficinas, una por entidad federativa. Si dudas cuál te toca, llama al CAM al 800 00 46 264 antes de trasladarte.

P5¿Cómo sé en qué va mi trámite del INM?

Con el NUE, el Número Único de Expediente que recibes al iniciar el trámite, en el sistema oficial de seguimiento del portal del INM. La consulta devuelve el estatus con fecha y ubicación del expediente. Consultar cada dos o tres semanas es más confiable que esperar una notificación que puede no llegar a tiempo.

Aviso legal: La información de este artículo es orientativa y se basa en la Ley de Migración, su Reglamento y las prácticas vigentes del INM al momento de su publicación. Cada caso migratorio tiene particularidades que pueden cambiar el resultado. Esta guía no sustituye la asesoría legal personalizada de un abogado migratorio. Si tu situación es delicada o urgente, agenda una consulta para evaluar tu caso específico.

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