Preguntas cuánto hay que invertir para la visa de residente temporal por inversión en México y las cifras que circulan no se parecen entre sí: 40,000 UMA, 280,000 dólares, 45,850 UMA. Solo una sale del texto oficial, y quien junta de más o de menos por fiarse de la equivocada lo descubre tarde. El consulado resuelve en hasta 10 días hábiles si el expediente está completo; lo que se atora viene antes, en la escritura de la sociedad y en la prueba de que el dinero ya se aportó. Aquí tienes los montos de 2026 con la UMA del año, los cuatro errores que los distorsionan y lo que cuesta y tarda el trámite desde la cita hasta el canje.

Respuesta rápida

La visa exige aportar más de 45,850 UMA, que con la UMA de 2026 ($117.31) son $5,378,663.50. Cuenta lo que ya pusiste en la empresa o en activos con documento de titularidad, no tu saldo en el banco. El inmueble y la solvencia siguen otras reglas y otros montos.

Cuánto hay que invertir en 2026: la cifra sale del DOF y de la UMA del año

Quien llega a esta pregunta suele traer ya un número en la cabeza, y descubre frente al consulado que el texto oficial dice otro. El número que sirve sale de dos documentos que cualquiera puede abrir: los Lineamientos que fijan el umbral en unidades de medida y la publicación que da el valor de esa unidad en 2026. Cuando haces tú mismo la multiplicación, dejas de depender de la cifra de nadie.

Empresario canadiense calculando el monto de la visa de residente temporal por inversión con la UMA de 2026

La visa y lo que te da

La visa es una autorización que expide el consulado para que entres a México y la canjees por una tarjeta de residente temporal de hasta cuatro años; cuando el supuesto es la inversión, se habla de residencia temporal por inversión. La Ley de Migración la prevé en el artículo 40, fracción IV, y define la condición de residente temporal en el artículo 52, fracción VII; el supuesto de inversión está en el artículo 107, fracción VI, de su Reglamento. Conviene separar dos momentos que mucha gente mezcla: la visa se tramita en el consulado y se gana con la prueba de la inversión, mientras que la tarjeta se tramita después en el INM, con la visa ya en el pasaporte.

45,850 UMA en pesos de 2026

El umbral está en los Lineamientos generales para la expedición de visas publicados en el Diario Oficial de la Federación: el monto efectivamente aportado a la persona moral mexicana tiene que exceder 45,850 UMA. La UMA 2026 diaria vale $117.31, según el valor de la UMA que publicó el DOF el 9 de enero de 2026, y rige desde el 1 de febrero de 2026. Al multiplicar 45,850 por 117.31 sale $5,378,663.50, cifra que coincide al centavo con los requisitos que publica el Consulado de México en Milán para la visa de residente temporal inversionistas.

Fíjate en el «más de». El texto pide exceder el umbral, no igualarlo, así que aportar exactamente esos pesos te deja justo en el límite que hay que superar. Y como el umbral está escrito en UMA y no en pesos, cualquier cifra en pesos calculada antes del 1 de febrero de 2026 usó otra UMA y ya no sirve para este trámite.

Cómo pasar la cifra a tu moneda sin fiarte de una tabla vieja

Ninguna fuente oficial fija el umbral en dólares ni en euros, y no podría: el equivalente depende del tipo de cambio del día en que pagues. La cuenta tiene dos pasos. Primero multiplicas 45,850 por la UMA vigente, que en 2026 da $5,378,663.50; luego divides ese total entre el tipo de cambio de ese día, en pesos por dólar, y el resultado es lo que equivale la cifra en tu moneda cuando haces la aportación. Si quieres ver cómo funciona esa unidad en otros trámites, aquí está cómo se calcula la UMA en los trámites migratorios.

Todo lo que viene se puede hacer por tu cuenta si tienes semanas para dedicarle y paciencia con notarías y consulados. Si prefieres entregarlo a quien ya sabe dónde se atoran estos expedientes, el bufete revisa tu caso en una consulta y te dice qué vía te cuadra antes de que aportes un solo peso de capital.

Error 1: quedarte con la primera cifra que encontraste, sin ver de dónde sale

La cifra equivocada casi nunca es una mentira. Es una cifra de otro año o de otro supuesto, que sirve para otro caso y no para el tuyo.

Abogada migratoria comparando dos fichas impresas de requisitos de visa por inversión en su oficina de Querétaro

Las tres cifras que circulan y la única que sale del DOF

Un despacho habla de 40,000 UMA, dos firmas hablan de 280,000 dólares y los Lineamientos hablan de más de 45,850 UMA. Las dos primeras no aparecen en el texto oficial de la sección de inversionistas; la tercera sí, en el apartado III.g.1 para la aportación a una sociedad y en el III.g.2 para bienes muebles o activos fijos. Si armaste tu plan sobre 40,000 UMA te quedas corto por 5,850 UMA, y si lo armaste sobre 280,000 dólares ese número no sale de ningún texto oficial: recalcúlalo desde las UMA, no desde la moneda.

Cuando la conversión usa la UMA del año pasado

Otra fuente de confusión es la UMA que se usó para convertir. La de 2025 fue de $113.14 y la de 2026 es de $117.31, así que una ficha que convierta el umbral con la UMA vieja deja el monto en pesos más de $4 por UMA por debajo del real. Multiplicado por 45,850 UMA, ese desfase suma casi doscientos mil pesos, justo la diferencia entre llegar con el dinero completo y llegar corto frente al consulado.

El portal de inversionistas de la Secretaría de Economía muestra además un umbral en pesos que no se reproduce al multiplicar ninguna UMA publicada, . Sirve para ver los pasos y los costos del trámite, no para fijar el umbral.

Cómo comprobar una cifra en dos minutos

Ancla siempre dos cosas: el texto oficial de los Lineamientos y la UMA de la fecha de tu pago. El valor de la unidad lo publica el INEGI, y puedes verificarlo en la página de la UMA en el INEGI. Para saber quién publica cada requisito en el recorrido, conviene tener claro qué le toca a la SRE y qué le toca al INM: la visa y sus requisitos pasan por el consulado de la SRE, y el INM entra después, en el canje.

Error 2: contar tu saldo bancario en lugar de lo que de verdad pones en la empresa

El caso típico es este: constituyes la sociedad, esperas que el trámite migratorio avance a la par y la notaría se demora. Cuando llega la cita consular, el documento que más pesa en el expediente todavía no existe.

Socios firmando una escritura de aportación de capital ante notario en México para acreditar una inversión

Aportación a sociedad o activos fijos, el mismo umbral

Los Lineamientos prevén dos vías con el mismo umbral de más de 45,850 UMA: la aportación a una sociedad mexicana y la titularidad de bienes muebles o activos fijos. La primera se prueba con lo que pusiste en el capital de la empresa mexicana. La segunda, con un documento que acredite que una persona moral extranjera es titular de bienes muebles o activos fijos usados para fines económicos o empresariales, con valor superior al umbral.

En la aportación cuenta el monto de inversión efectivamente erogado, es decir, dinero que ya salió de tu cuenta, no el saldo disponible. Un estado de cuenta con fondos demuestra solvencia, no inversión, y llegar con él al consulado es de los errores más frecuentes en este trámite.

Los documentos que prueban el dinero ya aportado

Para la aportación, el expediente lleva la escritura o póliza ante fedatario público de la sociedad mexicana (o un documento certificado por el órgano de administración) y el contrato de compraventa de acciones o partes sociales. Para los activos, el contrato de transmisión de los bienes y el documento que acredita su titularidad. Cada papel responde una pregunta distinta del consulado: que la empresa existe, que tú eres socio y que lo que pagaste ya está dentro de ella.

La vía por actividad económica: sin monto de inversión

Existe una tercera vía que no pide monto: documentación que acredite el desarrollo de una actividad económica o empresarial en territorio nacional (apartado III.g.3 de los Lineamientos). La lista de pruebas queda abierta: contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, o una constancia IMSS que acredite que la persona moral extranjera es empleador de al menos tres trabajadores. Esa constancia aparece también en el paso de la Ventanilla Única para Inversionistas que habla de la constancia del IMSS.

Lo que se prueba no es capital sino actividad: que ya operas y das trabajo. Si estás armando el personal, los trámites para trabajar legalmente en México te dicen qué condición de estancia necesita cada persona que contrates desde fuera.

Conviene la vía por actividad económica si:

  • Tu operación en México ya existe y puedes documentarla con contratos, facturas o una constancia del IMSS
  • Tu capital está comprometido en la operación y no quieres moverlo solo para llegar a una cifra

No conviene esa vía si:

  • La operación es nueva y todavía no genera contratos ni facturas
  • Necesitas tener lista la visa antes de empezar a operar

El orden de los pasos y dónde se atora

El orden que funciona es constituir la sociedad, aportar el capital, documentar la aportación y solo entonces pedir la cita consular y presentar el expediente. Ninguna fuente oficial da un plazo de constitución de la empresa, así que no hay un número de días que prometerte: eso lo fija tu notario, y conviene pedírselo por escrito. Una persona que contó su experiencia en un hilo de r/mexico habló de cuatro meses con abogado y notaría sin avance; es un solo caso, no un promedio, pero ilustra por qué el calendario de la escritura es el que manda.

El portal oficial ordena el resto en siete pasos: cita consular, solicitud de visa, obtención de la visa, ingreso a México, formato de canje, solicitud de la tarjeta y obtención de la tarjeta. Si todavía no tienes la empresa, abrir un negocio en México como extranjero según tu estancia ordena ese primer eslabón.

Tip del abogado

Tip del abogado: Pide la escritura o la póliza con la fecha de entrega comprometida antes de reservar vuelos o fechar la cita consular. Reprogramar un viaje cuesta menos que descubrir que el documento que sostiene todo el expediente llegará dos meses después de la cita.

Cuando el orden de la aportación y la escritura no es el que el consulado va a aceptar, lo que se pierde no son los honorarios de un abogado, son los meses. Si tu caso mezcla una empresa nueva con activos que ya tienes, vale la pena que el bufete revise el orden de los pasos antes de aportar.

Error 3: meter la compra de tu casa en la cuenta de la inversión

Quien compra un inmueble suele asumir que la casa cuenta y llega al consulado con la cifra de la empresa en la cabeza. El texto oficial los trata como dos supuestos distintos, cada uno con su propio monto.

Pareja estadounidense revisando un contrato de compraventa frente a una casa colonial en el Centro Histórico de Querétaro

Inmueble: 91,710 UMA, no 45,850

Para el supuesto de bienes inmuebles en territorio nacional, los Lineamientos (apartado III.f) piden una escritura pública de bienes inmuebles con valor superior a 91,710 UMA. Con la UMA de 2026 son $10,758,500.10, poco más del doble del umbral de la empresa. El fundamento está en la fracción V del artículo 107 de el Reglamento de la Ley de Migración, una fracción aparte de la fracción VI, que cubre las inversiones. Si quieres ver cómo funciona la compra misma, comprar propiedad en México como extranjero explica el proceso legal.

Tabla de montos para la visa de residente temporal por inversión en México, en UMA y pesos con la UMA 2026.

Casa en zona restringida: el fideicomiso va aparte

Si la propiedad que piensas comprar está en costa o frontera, la adquisición pasa por un fideicomiso bancario, y ese es un trámite distinto del migratorio, con su propio costo y sus propios documentos. Lo único que te toca decidir aquí es que la escritura que presentes al consulado corresponda al inmueble y a su valor, no a la empresa. El detalle de cómo funciona el fideicomiso para comprar en la playa está en su propio artículo para no mezclar los dos caminos.

Si lo que quieres es residir y no invertir: la comparación con solvencia

Para quien no necesita invertir, la vía de solvencia pide mucho menos en pesos. Los Lineamientos (apartado III.a) aceptan un saldo promedio mensual de 11,460 UMA durante 12 meses, que con la UMA de 2026 son $1,344,372.60, o ingresos mensuales de más de 680 UMA durante 6 meses, que son $79,770.80. Es la misma visa de residencia temporal, pero por otro supuesto y con otra prueba: aquí demuestras que puedes mantenerte, no que pusiste capital en una empresa. Para ese camino, el plan de residencia por solvencia detalla los requisitos.

Conviene la vía por solvencia si:

  • Tu objetivo es vivir en México y no operar una empresa
  • Tus ingresos o tu saldo promedio alcanzan los montos de arriba
  • Prefieres no inmovilizar capital en una sociedad o en un inmueble

No conviene si:

  • Tu plan es trabajar para una empresa que fundas en México
  • Tu situación financiera no puede acreditarse con los plazos que pide la solvencia
Tip del abogado

Tip del abogado: Si tu plan reparte el capital entre una empresa y una casa, no asumas que las dos aportaciones se suman. El texto oficial las separa en supuestos distintos con umbrales distintos; confirma con el consulado cómo se acredita cada parte antes de mover el dinero.

Error 4: suponer que la visa te da permiso para trabajar y residencia permanente

El inversionista suele pensar en rendimiento y en cómo queda su situación fiscal una vez que la visa está aprobada, y ahí es donde chocan las fuentes entre sí.

Abogado migratorio explicando a una empresaria brasileña la condición de residente temporal por inversión en Querétaro

Temporal por hasta cuatro años, y la permanente llega después

La visa lleva a una tarjeta de residente temporal de hasta cuatro años, según los artículos 40, fracción IV, y 52, fracción VII, de la Ley de Migración. No es residencia permanente: esa se pide después de los cuatro años, como un cambio de condición. Quien llega con la expectativa equivocada planea mal su calendario, porque da por hecho una residencia que todavía no le corresponde. Para ese siguiente paso, el cambio de residente temporal a permanente explica el proceso.

Trabajar con esta visa: tres fuentes, tres respuestas

Aquí hay un conflicto que no resuelvo yo, porque las fuentes oficiales no coinciden. La ficha de la Embajada de México en España dice que esta visa no autoriza trabajo remunerado en México. La ficha general de visa de residencia temporal de la SRE, fechada en 2015, dice que sí permite trabajar si el salario se paga en el extranjero, y que si el empleador es mexicano el INM debe autorizarlo. Y la Ley de Migración, en el artículo 52, fracción VII, sujeta el permiso para trabajar a una oferta de empleo.

Si tu plan es ocupar un puesto con sueldo en la empresa que fundas, esta diferencia te toca de lleno. Pídele al consulado donde vas a tramitar que te confirme por escrito qué aplica a tu caso, antes de planear tu papel en la sociedad.

Tip del abogado

Tip del abogado: Distingue entre ser socio y ser empleado de tu propia empresa. Recibir utilidades por tu participación no es lo mismo que cobrar un salario por trabajar en ella; confirma cuál de los dos va a ser tu caso antes de la cita y no después de aprobada la visa.

Tu residencia fiscal se decide por tu casa y tus intereses, no por la visa

La visa no decide tu residencia fiscal, y tampoco hay que contar días para saberla. El criterio vigente está en el artículo 9 del Código Fiscal de la Federación, fracción I, inciso a: se considera residente en México quien tiene su casa habitación aquí o, si tiene casa en otro país, quien tiene en México su centro de intereses vitales, que incluye, entre otros supuestos, que más del 50% de sus ingresos tenga fuente en el país. La regla de días que se cita a veces para residencia fiscal pertenece en realidad a otro tema, el establecimiento permanente, en el artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Por eso un inversionista que se muda a México debe revisar su residencia fiscal antes de la visa, y no al revés. Para el siguiente paso fiscal, cómo evitar la doble tributación como expatriado en México y la constancia de situación fiscal para extranjeros cubren lo que sigue.

Lo que cuesta el trámite completo y cuánto tarda, de la cita consular al canje

Después de reunir la inversión llega la parte que parece trámite menor y es donde la gente se traba: la fecha de entrada, los kioscos de migración y la cita en línea.

Extranjero esperando su turno con la carpeta del canje de visa por tarjeta en una oficina del INM en México

Los derechos de 2026, concepto por concepto

La Ley Federal de Derechos fija para 2026 los derechos migratorios de la visa en el consulado en $990.79 (artículo 22, fracción III, inciso d). La tarjeta de residente temporal cuesta según los años que te dé el INM (artículo 8, fracción VI): $11,140.74 por un año, $16,693.36 por dos, $21,142.58 por tres y $25,057.82 por cuatro. El costo de la tarjeta no es una cifra única, es una escala que sube con la vigencia, y esa vigencia es la que determina cuánto pagarás por canjear.

El portal oficial muestra un desglose estimado para el primer año de $13,114: 990 de la visa, 983 de un renglón sin etiqueta en la ficha y 11,141 de la tarjeta por un año. La suma es exacta, pero el renglón de 983 no trae nombre en el portal, así que no puedo decirte a qué trámite corresponde.

El calendario: cita, entrevista, entrada y canje

Primero apartas cita en MiConsulado y vas a la entrevista consular, que es presencial; el plazo de resolución, con el expediente completo, es de hasta 10 días hábiles, según las fichas de los consulados de Milán y de la Embajada de México en España. La visa tiene 180 días naturales de vigencia para ingresar. El número de entradas es uno de los puntos que no cuadran: los Lineamientos y el Reglamento dicen una sola, mientras que la ficha de Milán habla de entradas múltiples; confírmalo con el consulado donde tramites.

Una vez que entras a México, tienes 30 días naturales para pedir la tarjeta en el INM. El reloj arranca al cruzar la frontera, no al recibir la visa, así que conviene fechar el vuelo pensando en la cita del canje, no al revés. Los pasos de ese momento están en los pasos al llegar a México con visa aprobada, y a los cuatro años llega la decisión entre la renovación de residencia temporal o el cambio a permanente.

Línea de tiempo de la visa de residente temporal por inversión, de la sociedad a la tarjeta, con derechos 2026 por paso.

Dónde se traba la gente en la fila del INM

Según la experiencia que cuentan quienes ya pasaron por el canje, el error más repetido es entrar con visa de residente y pasar por los kioscos automáticos del aeropuerto en lugar de hacerlo con un agente. Si no dices que traes visa de residente, te admiten como turista y no como alguien en proceso de canje, que es justo lo que tu visa pide.

Lo mismo relatan quienes recomiendan llevar el paquete impreso y duplicado: pasaporte original y copia de la página de datos, copia de la visa, confirmación de la cita en línea, FMM y formato de solicitud. En la cita, el INM toma huellas y foto y entrega la tarjeta; uno de los relatos describe ese paso como corto, pero es un solo caso, no un promedio. Los errores comunes del canje de visa repasan los demás tropiezos de esa fila.

Tip del abogado

Tip del abogado: Imprime el paquete dos veces, aunque hoy te baste con una copia. Un papel que falte en el módulo no se resuelve en la fila, y el plazo de 30 días naturales no se detiene mientras lo consigues.

Haz la multiplicación esta semana y decide si lo llevas solo o con el bufete

Tres cosas se quedan de todo esto. La cifra de 2026 es más de 45,850 UMA, o $5,378,663.50 con la UMA de $117.31, y se acredita con inversión ya hecha, no con saldo. El inmueble y la solvencia son otras vías con otro monto, así que no se mezclan con la de la empresa. Y el calendario pesa más que el monto: la notaría y el canje son donde se pierde el tiempo.

Tu paso de esta semana es abrir los Lineamientos del DOF y la UMA del día en que vas a pagar, hacer la multiplicación y compararla con lo que de verdad has invertido, no con lo que tienes en el banco. Si tu inversión mezcla empresa e inmueble, si no tienes claro qué documento prueba tu aportación o si necesitas confirmar lo del permiso para trabajar antes de pisar el consulado, ahí es donde conviene que el bufete revise tu expediente con las cifras de 2026 y el orden de los pasos, antes de que reserves la cita.

Conviene contratar al bufete si:

  • Tu capital se reparte entre una empresa y un inmueble, o entre varias aportaciones
  • Tienes fecha comprometida para mudarte o para abrir la operación
  • Un error en el orden de los pasos te costaría meses y no solo trámites

Puedes hacerlo solo si:

  • Tu inversión es una sola aportación a una sociedad ya constituida y con escritura en mano
  • Tienes tiempo para seguir la cita, la entrevista y el canje con los plazos en la mano
  • Aceptas que, si el consulado pide algo más, el trámite se retrasa

Preguntas Frecuentes

P1¿Cuántas UMA hay que invertir para la visa de residente temporal por inversión en 2026?

Hay que aportar más de 45,850 UMA a una sociedad mexicana o a bienes muebles y activos fijos; con la UMA de 2026 ($117.31) son más de $5,378,663.50. Lo dicen los Lineamientos del DOF y coincide con la ficha del Consulado de México en Milán.

P2¿Sirve comprar una casa para obtener esta visa?

No como inversión en empresa o activos: el inmueble es otro supuesto, con otro umbral de más de 91,710 UMA, que con la UMA de 2026 son $10,758,500.10. Pide escritura pública del inmueble.

P3¿Puedo trabajar con la visa de residente temporal por inversión?

Las fuentes oficiales no coinciden: una ficha consular dice que la visa no autoriza trabajo remunerado, otra que sí si el salario se paga en el extranjero, y la Ley lo sujeta a una oferta de empleo. Confírmalo con el consulado antes de planear tu papel en la empresa.

P4¿Cuánto cuesta la tarjeta de residente temporal después de la visa?

La tarjeta cuesta $11,140.74 por un año con los derechos de 2026 y sube hasta $25,057.82 si el INM la expide por cuatro años. Además pagas $990.79 por la visa en el consulado.

P5¿Cuánto tiempo tengo para canjear la visa por la tarjeta?

Tienes 30 días naturales desde tu entrada a México para tramitar la tarjeta en el INM. El plazo corre desde que cruzas la frontera, no desde que recibes la visa, que vale 180 días naturales para ingresar.

Aviso legal: La información de este artículo es orientativa y se basa en la Ley de Migración, su Reglamento y las prácticas vigentes del INM al momento de su publicación. Cada caso migratorio tiene particularidades que pueden cambiar el resultado. Esta guía no sustituye la asesoría legal personalizada de un abogado migratorio. Si tu situación es delicada o urgente, agenda una consulta para evaluar tu caso específico.

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