llegar a la frontera después de un viaje de miles de kilómetros, buscando seguridad, solo para que un oficial le informe que podría ser devuelto a México para esperar allí. Ese limbo, esa incertidumbre, es el corazón del debate sobre el «Tercer País Seguro». Este artículo transforma la compleja y a menudo intimidante política migratoria en una herramienta de autoprotección. Su mensaje central es que el conocimiento claro y accionable de sus derechos y del proceso legal, en el marco del derecho internacional de refugiados y el derecho migratorio mexicano, es el instinto de supervivencia más crucial para un solicitante de asilo en México.
Usted comienza este viaje sintiéndose vulnerable y confundido por un término legal amenazante, pero finalizará sintiéndose empoderado. Esta guía no solo descifrará lo que esta política, impulsada por la presión de Estados Unidos, significa para usted, sino que le entregará un plan de acción legal, paso a paso, para proteger su derecho fundamental a solicitar protección internacional y navegar el sistema de asilo mexicano con confianza. Entenderá la definición de «Tercer País Seguro» y por qué, aunque México no tenga un acuerdo bilateral formal, políticas como el programa «Quédate en México» han creado una realidad similar y peligrosa para personas que huyen del Triángulo Norte de Centroamérica (Guatemala, Honduras, El Salvador). Analizaremos por qué, según estándares internacionales y la dura realidad del país, México enfrenta enormes desafíos para ser considerado un lugar seguro. Más importante aún, le proporcionaremos una hoja de ruta clara para solicitar asilo ante la COMAR, defender sus derechos humanos y construir un futuro seguro.
Esta sección define el concepto legal de «Tercer País Seguro» (TPS) y explica cómo la presión de Estados Unidos, particularmente visible durante la administración de Donald Trump, ha creado un escenario de riesgo para los solicitantes de asilo, incluso sin la existencia de un tratado formal.
Un acuerdo de tercer país seguro es, en esencia, un pacto bilateral que permite a un país de destino, como Estados Unidos, devolver a los solicitantes de asilo a otro país por el que transitaron, como México. La premisa fundamental es que el solicitante debió haber pedido protección en ese primer país «seguro» al que llegó. En la práctica, esto significa que al llegar a la frontera de EE. UU., un solicitante podría ser legalmente enviado de regreso a México y obligado a presentar su caso ante las autoridades mexicanas, la COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados), cerrando efectivamente la puerta al sistema de asilo estadounidense para quienes han viajado por tierra, en un claro contraste con los principios de protección y en favor de políticas migratorias enfocadas en la deportación expedita.
Es crucial entender que este concepto no está explícitamente definido en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967, a veces englobados bajo el espíritu de la Convención de Ginebra. Es una construcción legal posterior, y el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) establece criterios muy estrictos para que un país sea considerado «seguro». Estos criterios incluyen la protección absoluta contra la devolución (el sagrado principio de no devolución o non-refoulement), la garantía de seguridad física, y el acceso a un procedimiento de asilo justo y eficiente. Además, para que el traslado sea legítimo, debe existir una «conexión genuina» entre usted y ese tercer país, algo que el mero hecho de haber transitado por él no establece. Para profundizar en la base legal, puede consultar el Concepto de tercer país seguro según ACNUR.
Entender esta definición es el primer paso, pero la verdadera amenaza para usted no radica en un tratado firmado, sino en la presión política que crea una realidad funcionalmente idéntica, conectando esta política internacional con los fundamentos de la Ley de Migración de México que rigen sus derechos en el país.
Oficialmente, la respuesta es no. México no ha firmado ni aceptado un acuerdo formal de «Tercer País Seguro» con Estados Unidos. El gobierno mexicano, bajo la administración de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y con voces como la del entonces canciller Marcelo Ebrard, ha rechazado consistentemente esta designación, argumentando con razón que el país no posee la capacidad institucional ni las condiciones de seguridad necesarias para garantizar la protección de miles de solicitantes.
Sin embargo, la realidad política es más compleja, como han analizado medios como la BBC y organizaciones como IMUMI. Desde la administración Trump, EE.UU. ha ejercido una presión económica y política considerable, incluyendo la amenaza de imponer aranceles comerciales, para forzar a México a actuar como un muro de contención migratorio. Esta presión llevó a México a implementar medidas drásticas, como el despliegue masivo de la Guardia Nacional en sus fronteras. Políticas como los Protocolos de Protección a Migrantes (MPP), mejor conocidos como «Quédate en México», funcionaron en la práctica como un acuerdo de TPS de facto. El programa MPP forzó a decenas de miles de solicitantes a esperar en ciudades fronterizas mexicanas, a menudo peligrosas, mientras sus casos se procesaban lentamente en las cortes de EE. UU. Esta estrategia externalizó la responsabilidad del sistema de asilo estadounidense, pero sin las obligaciones legales o financieras que un acuerdo formal conllevaría.
Aunque el MPP fue terminado, su legado demuestra cómo la dinámica política puede crear un «tercer país seguro» en la práctica, sentando un precedente peligroso. Las Consecuencias del acuerdo migratorio EE.UU.-México han sido documentadas extensamente, mostrando el impacto humanitario de estas políticas. La distinción entre un acuerdo formal y una realidad impuesta es crucial, porque nos lleva a la pregunta central: ¿cumple México siquiera con los requisitos para proteger a estas personas? Esto pone el foco directamente sobre el rol del Instituto Nacional de Migración (INM), la principal autoridad migratoria del país.
Aquí analizamos la profunda brecha que existe entre los requisitos del derecho internacional para un «país seguro» y la realidad documentada en México, enfocándonos en dos áreas críticas: la capacidad institucional y la seguridad física.
Criterio Legal Internacional (Según ACNUR) |
Realidad Documentada en México (Datos y Hallazgos) |
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Acceso a un procedimiento de asilo justo y eficiente. | La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) opera con un financiamiento insuficiente. Recibió un récord de más de 140,000 solicitudes en 2023, y aunque ha cuadruplicado su capacidad desde 2018, el sistema está desbordado, con tiempos de espera que pueden superar los dos años. |
Protección contra la persecución y amenazas a la integridad física. | Se registran altos índices de violencia contra migrantes y solicitantes de asilo, incluyendo secuestros, extorsión, violencia sexual y asesinatos. El 66% de los encuestados por ACNUR en México temen por su vida si son devueltos a su país, lo que indica que México es parte de la ruta de peligro, no un refugio seguro. |
Respeto a los derechos humanos fundamentales (vivienda, empleo, salud). | Los solicitantes enfrentan discriminación sistémica para encontrar trabajo formal y vivienda digna. La falta de acceso oportuno a documentos como la Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH) limita severamente el acceso a servicios esenciales y aumenta la vulnerabilidad a la explotación. |
Evaluación individualizada de la seguridad. | La implementación de políticas de devolución masiva, como el programa «Quédate en México» (MPP), demostró una falta de evaluación individualizada, exponiendo a poblaciones vulnerables a peligros generalizados en las ciudades fronterizas. |
Existencia de una «conexión genuina» con el país. | La mayoría de los solicitantes de asilo que transitan por México no tienen vínculos previos ni conexión con el país; su objetivo es llegar a Estados Unidos. Forzarlos a solicitar asilo en México no cumple con el criterio de que el traslado sea «equitativo y razonable». |
La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) es la institución gubernamental encargada de su solicitud. En la última década, México ha transitado de ser un país de paso a uno de los principales destinos de asilo del mundo, con un aumento exponencial de solicitudes que pasaron de 1,296 en 2013 a más de 140,000 en 2023. Esta creciente carga migratoria, sin embargo, no ha sido correspondida con un incremento proporcional en el presupuesto o el personal de la COMAR, resultando en una falta de infraestructura de asilo suficiente. El resultado es un sistema con una capacidad institucional estructuralmente desbordada, con miles de procedimientos pendientes, largos tiempos de procesamiento y bajas tasas de aprobación/rechazo en las primeras instancias.
A pesar del valioso apoyo técnico y financiero de ACNUR, que ha ayudado a cuadruplicar la capacidad de procesamiento desde 2018, la propia ONU reconoce que el presupuesto gubernamental es insuficiente. La tasa de reconocimiento de refugiados en México es consistentemente alta (superior al 60%), lo que valida la legitimidad de las solicitudes, pero, a la vez, evidencia la incapacidad del sistema para procesarlas eficientemente. Esto crea un «limbo de protección»: personas que claramente merecen refugio son sometidas a años de espera en condiciones de precariedad e inseguridad. Un sistema de asilo funcional, accesible y eficiente es un criterio fundamental de ACNUR que México actualmente no cumple, como lo confirman los datos del Informe de resultados ACNUR México 2023. Un sistema administrativo colapsado es una barrera invisible; ahora, hablemos de una mucho más tangible y peligrosa mientras exploramos los derechos fundamentales de los migrantes.
El requisito más básico para un «país seguro» es garantizar la seguridad física y la libertad de las personas. Lamentablemente, informes de la ONU, la OIM (Organización Internacional para las Migraciones) y organizaciones de la sociedad civil como la Casa del Migrante de Saltillo documentan una pauta de violencia grave y generalizada contra personas migrantes en México. Los delitos, a menudo perpetrados por el crimen organizado en regiones con altas tasas de homicidio, incluyen secuestros para extorsión, violencia contra migrantes, y masacres. Peor aún, en ocasiones estas violaciones de derechos ocurren con la complicidad o aquiescencia de autoridades corruptas, creando un estado de total indefensión.
Más allá de la violencia física, los solicitantes enfrentan barreras sistémicas para acceder a derechos fundamentales como el derecho a vivienda, seguridad social, servicios médicos, empleo, educación y el derecho a reunificación familiar. La discriminación, los obstáculos burocráticos y el desconocimiento de sus derechos agravan la vulnerabilidad de grupos específicos. Datos de ACNUR revelan una estadística alarmante: el 66% de los solicitantes encuestados en México temen por su vida si son devueltos a su país de origen. Esto indica que, para muchos, México es parte de la ruta de peligro, no un refugio. Por estas razones, existe un consenso casi unánime entre expertos de instituciones como El Colegio de la Frontera Norte y ONGs como IDC y OBMICA: México no cumple con los estándares de seguridad para ser un TPS, una realidad confirmada por el boletín sobre Violencia contra migrantes en México de la ONU-DH.
Saber que el sistema es imperfecto y peligroso no es un punto final, sino el punto de partida para su plan de acción. Ahora, transformemos este conocimiento en su estrategia de protección.
Esta sección es una guía de acción para solicitantes, práctica y directa, que detalla el proceso de solicitud de asilo ante la COMAR, destacando los pasos críticos, los documentos clave y los derechos específicos que usted puede y debe exigir.
El Plazo de 30 Días Hábiles: Al ingresar a territorio mexicano, usted tiene un plazo legal de 30 días hábiles (lunes a viernes, sin contar días festivos) para presentar su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado. Actuar con rapidez es crucial; es de suma importancia no dejar pasar este plazo.
Pro-Tip: Si por alguna razón de fuerza mayor (enfermedad, desconocimiento, cautiverio) no pudo presentar su solicitud dentro de los 30 días, es fundamental que lo explique detalladamente por escrito al momento de iniciar su trámite. Documente todo lo que pueda para justificar la demora.
Dónde y Cómo Iniciar el Proceso: Debe acudir a la oficina más cercana de la COMAR. Si no hay una en su ciudad, puede presentar la solicitud ante el Instituto Nacional de Migración (INM), que tiene la obligación legal de remitirla a la COMAR. La solicitud puede iniciarse de manera verbal o por escrito. Se le pedirá llenar un formulario con sus datos personales y explicar brevemente por qué huyó de su país.
Una vez presentada la solicitud, la COMAR le entregará su primer y más importante escudo legal: la «Constancia de trámite». Este documento es su protección más importante porque activa el principio de no devolución (no puede ser deportado), acredita su Prueba de Estatus Regular y le da Acceso a la CURP Temporal, indispensable para trámites como obtener un permiso de trabajo. Con su constancia en mano, el proceso avanza hacia la etapa más importante: las entrevistas. La página oficial del gobierno sobre la Solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado es su fuente primaria de información, y para entender Cómo realizar trámites en el INM, puede consultar nuestra guía.
Tendrá al menos dos entrevistas con la COMAR: una inicial de asistencia (DAVI) y la más importante, la entrevista de elegibilidad. En esta última, es vital que sea veraz y detallado. Narre los hechos de manera cronológica. Explique quién le hizo daño, qué sucedió, dónde, cuándo y por qué cree que fue perseguido. La coherencia y credibilidad de su testimonio son la prueba principal. Es fundamental desarrollar estrategias de documentación para respaldar su caso.
Durante todo el proceso, usted tiene derechos humanos fundamentales:
A su vez, tiene Obligaciones Clave: debe firmar periódicamente en la oficina de COMAR/INM y no salir del estado donde inició el trámite sin un permiso por escrito, o su caso será considerado abandonado. Es crucial conocer los recursos legales disponibles y contactar a organizaciones de apoyo que puedan brindarle asesoría gratuita, especialmente si necesita apelar decisiones negativas. La Guía para personas solicitantes de asilo de ACNUR corrobora estos derechos. Conocer y ejercer sus derechos es su mejor defensa. Para un contexto más amplio, entienda la importancia de los derechos humanos en la migración.
Pro-Tip: Prepare su testimonio antes de la entrevista. Escriba los eventos clave en orden cronológico en un papel para organizar sus pensamientos. Aunque no pueda leerlo durante la entrevista, el ejercicio le ayudará a recordar detalles importantes y a narrar su historia con mayor claridad y coherencia.
La amenaza de ser devuelto a México bajo una política de «Tercer País Seguro» es una realidad funcional, incluso sin un acuerdo bilateral formal, debido a la presión política de EE.UU. La evidencia es clara: México enfrenta graves deficiencias en seguridad física y capacidad institucional que, según el marco legal internacional, le impiden ser considerado un «país seguro» para los solicitantes de asilo.
Sin embargo, usted no está indefenso. Tiene derechos claros y un proceso legal definido para solicitar protección internacional dentro del sistema de asilo mexicano. Actuar dentro del plazo de 30 días, proteger su «Constancia de trámite» y cumplir con sus obligaciones son pasos críticos. Conocer sus derechos a la no devolución, a un intérprete y a la gratuidad del proceso, y buscar ayuda legal inmediata en caso de una negativa, son sus herramientas más poderosas.
Navegar el sistema migratorio puede ser abrumador. Explore nuestras guías completas sobre derechos de los migrantes y otros trámites legales para continuar empoderándose con información confiable.
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