El sonido metálico de una puerta al cerrarse. La confusión, el miedo y la sensación de aislamiento pueden ser abrumadores en una estación migratoria. En ese momento, la información no es solo poder, es protección. Esta guía no es una simple lista de leyes; es un manual de acción, diseñado para darte las palabras precisas y los pasos correctos para convertir tus derechos constitucionales de un concepto en el papel a un escudo en la realidad, una herramienta para la defensa de derechos.
A lo largo de este recorrido, entenderás la peligrosa ficción legal que define a una «estación migratoria» y cómo esa definición choca con la realidad, creando riesgos que debes conocer. Te entregaré un inventario completo de los derechos de los migrantes, desde el poder de una simple llamada telefónica hasta la prohibición constitucional de mantenerte detenido por más de 36 horas. Juntos, desglosaremos el laberinto del Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) para que sepas qué esperar y cuándo actuar en cada etapa. Finalmente, te equiparé con un protocolo práctico de «qué hacer y qué decir», un guion de autodefensa para que puedas ejercer tus derechos desde el primer momento en que un agente de inmigración te detenga, ya sea en la calle, en aeropuertos o en cruces fronterterizos.
Tu viaje, aunque incierto, no tiene por qué ser a ciegas. Comienzas aquí, en un estado de vulnerabilidad, pero terminarás empoderado, con un plan de acción claro y la confianza para defender tu dignidad de manera efectiva.
Para entender tus derechos, primero debes comprender el terreno donde te encuentras. Es un lugar definido por una profunda contradicción entre lo que dice la Ley de Migración y lo que sucede en la práctica, y es en esa brecha donde ocurren la mayoría de las violaciones de derechos humanos.
La Definición oficial en la Ley de Migración establece que una «Estación Migratoria» es una instalación del Instituto Nacional de Migración (INM) destinada a alojar temporalmente a personas extranjeras que no pueden acreditar un estatus migratorio regular, como carecer de una tarjeta de residente permanente o un permiso de trabajo válido. La ley es muy clara: su naturaleza es estrictamente administrativa, no penal. Esto significa que no has cometido un delito, no hay una condena penal, y tu detención no se basa en una orden de arresto emitida por un juez. El propósito teórico de este «alojamiento» es simplemente darle tiempo al INM para analizar tus documentos de inmigración y determinar el siguiente paso, que podría ser la regularización, el acceso a protección internacional como el refugio, o la deportación.
Sin embargo, esta definición legal crea lo que se conoce como una «ficción legal». Aunque en el papel son centros administrativos, la experiencia de facto para la persona migrante es la de una encarcelación. Informes constantes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y de organizaciones civiles describen una realidad muy diferente: celdas con barrotes, encierro bajo llave y rutinas punitivas. Esta contradicción es tan severa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tuvo que intervenir, reconociendo que la privación prolongada de la libertad en estas condiciones viola derechos fundamentales. Comprender que el lugar donde estás opera bajo esta dualidad es crucial; te prepara para la realidad mientras te armas con la verdad de la ley. Entendiendo este conflicto, el siguiente paso es conocer el catálogo de derechos que te protegen precisamente en ese entorno. Este conocimiento es fundamental, ya que se ancla en los principios fundamentales de la Ley de Migración de México.
Aunque te encuentres en una situación de privación de libertad, no estás despojado de tus derechos. Al contrario, la Constitución y las leyes secundarias te otorgan un catálogo de protecciones constitucionales diseñadas para garantizar tu dignidad y un proceso justo. Conocerlos es el primer paso para poder exigirlos.
Estos derechos son tu primera línea de defensa. Son las herramientas que aseguran que no estés aislado y que tu voz sea escuchada.
Más allá de estos contactos iniciales, tu derecho a un abogado es un pilar fundamental. Tienes derecho a ser representado por un abogado de tu elección. En una decisión histórica, la Suprema Corte ha establecido que este derecho es irrenunciable. ¿Qué significa esto? Que si no tienes los medios para contratar a un abogado particular, el Estado está obligado a asignarte un defensor público de oficio. Finalmente, tu Derecho al Debido Proceso garantiza que tu caso sea manejado por una autoridad competente, respetando todas las formalidades, lo que incluye tu derecho a presentar pruebas, formular argumentos y tener acceso completo a tu expediente administrativo. No lo olvides: la asistencia legal y consular son tus salvavidas. Un proceso justo es la base, pero tu bienestar diario depende de que se respeten tus derechos humanos más básicos, aquellos garantizados a todas las personas por el simple hecho de estar en el país, tal como lo establecen los Derechos humanos en la Constitución Mexicana. Para un contexto más amplio, puedes consultar nuestra guía completa sobre los derechos de los migrantes en México.
El bienestar físico y mental es un derecho, no un privilegio. La ley establece condiciones mínimas que deben cumplirse en tu alojamiento.
El Derecho a un Trato Digno y Humano es la base de todo. Esto prohíbe cualquier forma de trato no discriminatorio y exige un trato respetuoso por parte de todo el personal. Esto se traduce en un derecho a un alojamiento en condiciones dignas, lo que significa que las instalaciones deben ser seguras, limpias e higiénicas, y la ley exige explícitamente que se evite el hacinamiento. Tu Derecho a la Alimentación garantiza que se te proporcionen tres alimentos diarios de calidad adecuada. Además, tienes derecho a la Separación y Privacidad, lo que implica áreas separadas para hombres y mujeres.
Pro-Tip: Documenta todo. Si las condiciones son insalubres, la comida es inadecuada o sufres malos tratos, anota la fecha, la hora, el lugar exacto y el nombre o descripción del oficial. Busca testigos entre otros migrantes. Si sufres lesiones, insiste en recibir atención médica y pide que quede constancia. Esta información es oro para una queja formal o para tu defensa legal.
Tu Derecho a la Salud es integral; incluye atención médica, atención psicológica y, de ser necesaria, atención psiquiátrica. Se protege también el Principio de Preservación de la Unidad Familiar, un principio que busca evitar la separación de familias. Finalmente, tienes Derecho a Actividades Recreativas, como oportunidades educativas o culturales, y a recibir visitas para mitigar los efectos del encierro. La negación de cualquiera de estos derechos es una violación. Un Informe especial sobre estaciones migratorias de la CNDH documenta estas condiciones y respalda la base legal de tus reclamos. Además, puedes aprender más sobre cómo funciona el principio de unidad familiar en los procesos migratorios.
Derecho Garantizado por la Ley |
Realidad Documentada en Informes |
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Alojamiento temporal no mayor a 36 horas (Art. 21 Const.; Sentencia SCJN) |
«El 17 por ciento de los hombres y el 13 por ciento de las mujeres entrevistados en la estación migratoria manifestaron haber excedido el plazo de hasta 15 días hábiles alojados en la estación migratoria.» |
Prohibición absoluta de alojar a Niñas, Niños y Adolescentes (Art. 111, párr. 5, LM) |
«Se ha venido documentando de manera reiterada en las visitas de supervisión a las diferentes Estaciones y Estancias Migratorias la permanencia de niños, niñas y adolescentes, acompañados y no acompañados.» |
Derecho a la Asistencia Legal (Art. 112, fr. V, LM; Sentencia SCJN) |
«Los derechos menos conocidos son: […] el derecho a tener asistencia legal 37.0%.» La falta de información y acceso efectivo impide su ejercicio. |
Derecho a la Salud y Atención Médica (Art. 107, fr. I, LM) |
«En las Recomendaciones 47/2017 y 77/2019, las personas migrantes […] no recibieron atención médica y/o psicológica de manera oportuna […] lo que derivó en la perdida de la vida.» |
Derecho a un Alojamiento Digno y sin Hacinamiento (Art. 107, fr. VI, LM) |
«La CNDH en visitas de supervisión realizadas en la estación migratoria de la Ciudad de México acreditó exceso en la capacidad física de la misma.». Ninguna estación o estancia es adecuada. |
Derecho a ser Informado sobre el Proceso y la Opción de Asilo (Art. 112, fr. II, LM) |
«No se les informa sobre sus derechos, ni se les dice que pueden solicitar Protección Internacional o acudir al Juez de Control.» |
Si bien todos los derechos anteriores aplican a todas las personas, la ley reconoce que ciertos grupos vulnerables enfrentan mayores riesgos y, por lo tanto, les otorga protecciones reforzadas.
La ley también contempla protecciones para personas indígenas y personas mayores. Conocer los Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes es fundamental. Ahora que tienes el catálogo completo, veamos cómo se aplican estos derechos en la secuencia de eventos que enfrentarás.
El Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) es el mapa legal desde tu detención hasta una resolución. Conocer sus etapas te permite anticipar lo que viene y saber en qué momento exacto debes ejercer tus derechos clave.
El proceso se puede desglosar en una secuencia de pasos claros, cada uno con una función específica.
Ahora que tienes el mapa, necesitas el manual de instrucciones. Para entender mejor el contexto, puedes leer sobre el rol y los procesos del INM.
Esta sección es el corazón de la guía. Aquí transformamos el conocimiento en acción. Estas son las frases y los pasos concretos que puedes usar para defenderte en tiempo real.
La claridad y la firmeza son tus mejores aliadas. Memoriza estas acciones y frases.
Estas frases son tus herramientas, pero no tienes que usarlas solo. La Guía de derechos humanos para migrantes de la CNDH valida este protocolo. Saber a quién contactar puede cambiarlo todo, y aquí te explicamos cómo contactar a un abogado de migración.
No estás solo en esto. Existen mecanismos y recursos legales y de apoyo cuyo propósito es ayudarte.
Pro-Tip: Empodera a tu red de apoyo con un plan de emergencia. Dale a un familiar o amigo de confianza tus contactos de emergencia y una carpeta con copias de tus documentos importantes (pasaporte, actas, etc.). Si eres detenido, tu contacto puede actuar rápidamente, llamando a tu consulado y a ONGs. Ellos son tu voz en el exterior.
Con estas herramientas y redes de apoyo, el camino, aunque difícil, se vuelve navegable. Has pasado de ser un sujeto pasivo a un actor informado en tu propio proceso.
Recuerda estos puntos como verdades inamovibles. Son los pilares de tu defensa de derechos:
El conocimiento es una herramienta que se multiplica al compartirse. Guarda y comparte esta guía; podrías ayudar a alguien a proteger su dignidad y su libertad.
¿Tu trámite migratorio te parece complicado? No tienes que hacerlo solo. Somos abogados especialistas en Querétaro listos para asegurar que tu proceso sea exitoso. Evita errores y retrasos.
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