Tienes la casa de Juriquilla, o el departamento en la costa, a tu nombre, tu familia vive en otro país y, a las dos de la mañana, no tienes claro qué pasaría con todo eso si mañana no estás. La planificación sucesoria para expatriados en México (la planificación patrimonial, si lo prefieres) suele explicarse con testamento, fideicomiso e impuestos, y ahí se queda. Lo que casi nadie conecta es que una herencia en México no se ejecuta solo con escrituras: también depende del estatus migratorio del heredero, porque el notario lo pide (art. 65 de la Ley de Migración), así que aquí van las dos mitades, la civil y la migratoria.
Si falleces en México sin plan, la casa puede quedar en el limbo años
El patrón se repite: cuando compraste la propiedad en México quedó a tu nombre, tu familia vive fuera y nadie aquí tiene poder para moverla. Si faltas sin testamento, el inmueble se queda con un dueño que ya no puede actuar y con herederos que todavía no pueden firmar. El problema casi nunca es de dinero, es de procedimiento: mientras nadie lo ordene, la casa no se vende, no se hipoteca y no pasa a nombre de nadie. Y cada mes que corre sin resolverse es un mes de predial, mantenimiento y desacuerdos familiares pagados desde otro país.

Qué es un juicio sucesorio y por qué se alarga
Sin testamento se abre una sucesión intestada, que se reparte por un juicio sucesorio intestamentario: el trámite con el que se determina quiénes son los herederos y cómo se divide el patrimonio. Según el caso puede tramitarse ante un juez o ante notario, y si alguien disputa se vuelve judicial. Lo que cuentan quienes ya pasaron por uno es que se alarga cuando los herederos no coinciden y abren expedientes paralelos, con juicios que llegan a durar 15 o 20 años. Mientras no cierre, no se puede adjudicar (que la propiedad pase oficialmente a nombre del heredero) ni vender, y el patrimonio queda en lo que la comunidad llama «el limbo».
El albacea: quién administra mientras tanto
El albacea es quien administra la sucesión: cuida los bienes, paga lo que haya que pagar y lleva la herencia hasta la adjudicación. Con testamento, tú lo eliges. Sin él, lo designan los herederos o el juez, y ahí aparece el error que más se repite en los relatos de quienes ya lo vivieron: un albacea con conflicto de interés, por ejemplo alguien que ya vive en la casa o que se opone a venderla.
Un albacea cuestionado por los demás herederos puede frenar el expediente hasta que se resuelva su permanencia, y eso suma meses a un trámite que ya iba lento.
Qué cambia si no hay testamento y la familia vive fuera de México
Cuando los herederos están en otro país, cada documento tarda más: el acta de defunción, si se expidió fuera de México, necesita apostilla y traducción, y cada heredero debe poder firmar o dar poder a alguien en México. Sin testamento no hay una persona designada de antemano que cargue con esa logística, así que alguien tiene que viajar o delegar mientras el calendario corre. Esto tiene solución, y es la más barata de todas: un documento firmado hoy, ante notario, cuesta una fracción de lo que cuesta el juicio que evita.
Si prefieres armar este plan acompañado, una consulta con el bufete empieza por dos datos: dónde está tu propiedad y quién vive hoy en ella.
Testamento mexicano, testamento de tu país o los dos: cómo conviven
Muchos expatriados creen que el testamento que hicieron en Estados Unidos o Canadá «ya cubre todo». El patrón típico es no saber que lo hecho fuera tiene que hacerse valer en México, y que hacerlo después del fallecimiento cuesta más tiempo que haberlo hecho bien antes. Para un patrimonio con bienes en México, lo habitual es tener un testamento público abierto ante notario mexicano, y que el de tu país de origen cubra lo que tengas allá.
| Tipo de testamento | Quién lo hace | Dónde se guarda | Cuándo conviene |
|---|---|---|---|
| Público abierto | Notario mexicano, con tu declaración | En el protocolo de la notaría | Cuando tienes patrimonio en México |
| Ológrafo | Tú, a mano y con tu firma | Depositado en el Archivo General de Notarías | Como solución de emergencia, si lo depositas |
| Extranjero | Notario o autoridad de tu país de origen | Según las reglas de ese país | Cuando ya lo tienes y quieres que surta efecto en México |
Testamento público abierto ante notario mexicano
Es el que se otorga ante notario: tú dictas tu voluntad, el notario la redacta con la forma que exige la ley y queda registrada en su protocolo.

Su ventaja práctica para un expatriado es que nace ya con el idioma, la forma y los bienes mexicanos bien identificados, y que los herederos no tienen que pedir que nadie lo reconozca. Conviene si tienes inmuebles, cuentas o un fideicomiso en el país. Si tu patrimonio está únicamente fuera de México, un testamento mexicano es opcional.
Testamento ológrafo: se escribe a mano y se deposita
El testamento ológrafo (arts. 1550 a 1564 del Código Civil Federal) es el escrito de puño y letra del testador. Su trampa es el depósito: la ley lo manda al Archivo General de Notarías (art. 1554), y uno que se queda en un cajón puede no servir cuando alguien lo necesite.
Por eso es mejor opción de respaldo que plan principal, y solo vale como respaldo si de verdad llegó a ese archivo.
Tu testamento de EE. UU. o Canadá: cómo se hace valer en México
El Código Civil Federal reconoce los testamentos hechos en el extranjero si se formularon conforme a las leyes del país donde se otorgaron (art. 1593). Un testamento extranjero no se ejecuta solo con llevarlo al notario: hay un trámite para hacerlo valer y sus tiempos dependen del caso, así que no conviene prometérselos a la familia.
Ojo con un detalle de lectura: el texto del art. 1593 habla del Distrito Federal, hoy Ciudad de México. En Querétaro, cómo se aplica a nivel local se confirma con la notaría antes de dar el documento por válido.
Que los dos testamentos no se contradigan
El riesgo no es que haya dos testamentos, es que uno revoque al otro por accidente, porque una cláusula amplia del segundo dice «revoco todos los anteriores» y borra el primero. Se evita con un abogado de cada país que se pongan de acuerdo en qué bienes cubre cada documento y que cada testamento diga explícitamente que no afecta al otro. También existe el RENAT, el Registro Nacional de Avisos de Testamento, donde se anota que un testamento existe; tenerlo en cuenta ayuda a que tu familia sepa dónde buscar.
Tip del abogado: Antes de firmar el testamento mexicano, lleva a la notaría una copia del que ya tienes en tu país y pídele a quien lo redacte que revise la cláusula de revocación. Una sola frase de más es lo que convierte dos documentos válidos en un conflicto.
Fideicomiso en zona restringida: el beneficiario sustituto es el que decide quién hereda
Quien compra en la costa suele pensar que el fideicomiso es solo el trámite que permite comprar, y no vuelve a leerlo. Lo que casi nadie revisa es que ese contrato dice quién hereda. Si quieres entender cómo funciona el fideicomiso en la playa, aquí va la parte sucesoria.

La zona restringida son las franjas de 50 km de costa y 100 km de frontera (art. 27 de la Constitución), y el fideicomiso en zona restringida es la vía para que un extranjero use un inmueble ahí. En Querétaro el inmueble normalmente no está en esa zona, pero muchos lectores tienen una vivienda aquí y otra en la costa, y la segunda es la que rige este apartado.
Cómo funciona el fideicomiso (en una oración) y quién queda como beneficiario
Un banco mexicano es el fiduciario y tú, el extranjero, eres el fideicomisario, la persona que usa y disfruta el inmueble. Los beneficiarios sustitutos son quienes siguen en tu lugar si falleces. Si ese campo se quedó con el nombre de alguien que ya no es parte de tu vida, o está vacío, el contrato dice exactamente lo contrario de lo que habrías querido.
Qué pasa con los derechos fiduciarios al fallecer el titular
Al fallecer el fideicomisario, lo que se transmite no es la propiedad sino los derechos fiduciarios, mediante cesión o adjudicación a favor del beneficiario sustituto o de los herederos. Si hay subrogación, es decir, si alguien más entra en lugar del titular, interviene también la SRE, que es la autoridad que otorga el permiso a los extranjeros dentro de la zona restringida. Conviene preguntarle al banco fiduciario desde antes qué documentos exige.
Revisa tu contrato de fideicomiso una vez al año
Un divorcio, un hijo nuevo, un fallecimiento previo o un matrimonio cambian a quién querrías como beneficiario. El contrato no se actualiza solo: lo hace el fideicomisario, por escrito, ante el fiduciario. Una revisión anual, por ejemplo cuando renuevas el seguro del inmueble, basta para que el documento siga reflejando tu familia de hoy.
Impuestos: heredar en México no paga ISR, pero tu país sí puede cobrar
El patrón típico es creer que «México no cobra herencias» y dejar de revisar. Es cierto para el ISR en herencias, pero hay otras dos capas: el ISAI municipal (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles), que se desarrolla más abajo, y los impuestos que cobre el país del que eres ciudadano o residente fiscal. Separarlas evita que una buena noticia oculte una boleta.

ISR: heredar en México no lo paga el heredero
Quien recibe un bien por herencia o legado no paga ISR en México: la Ley del ISR deja fuera de impuesto lo que se recibe por herencia o legado (art. 93, fracción XXII). La regla existe porque el heredero no obtiene un ingreso por su trabajo ni por una operación, sino que recibe un patrimonio ya formado. Lo que sí paga, y aquí está la confusión frecuente, es el impuesto municipal por adquirir un inmueble, el ISAI.
Lo que tu país de origen sí puede cobrar
Estados Unidos, por ejemplo, tiene un impuesto sobre el patrimonio que se hereda (estate tax), y otros países tienen figuras parecidas. Que México no cobre ISR no impide que tu país reclame algo sobre bienes ubicados en México, y ahí aparece la doble imposición: pagar dos veces por lo mismo, que muchos países mitigan con créditos o convenios. No hay cifras ni umbrales que dar aquí sin conocer tu nacionalidad, así que la revisión corresponde a un contador del país de origen. Para entender el concepto, puedes leer cómo evitar la doble tributación como expatriado.
Cuánto cuesta el testamento y cómo conseguir el precio real
No hay una tarifa oficial vigente verificada para el testamento en Querétaro, y las cifras que circulan en redes y en notas de prensa no son comparables entre sí: cada una mezcla años, horarios y notarías distintas. Lo que sí es verificable es la mecánica: el precio cambia según la notaría y la hora en que lo firmas. Pide siempre una cotización por escrito, con todo incluido. Y existe el Mes del Testamento, la campaña de septiembre del notariado de Querétaro con precio especial; la de este año ya cerró y la siguiente es en septiembre de 2027.
Cuando el titular fallece, su tarjeta de residente se cancela: esto es lo que le toca a la familia
La familia llega con el acta de defunción en la mano y una sola pregunta: «¿hay que avisar a migración?». El patrón es que nadie sabe y se asume lo peor. Aquí conviene separar con precisión lo que la ley dice de lo que se rumora, porque circula la idea de un «aviso de fallecimiento al INM» con plazo de 90 días y el texto de la ley no lo establece.

Qué le pasa a la tarjeta del titular
La tarjeta de residente es personal. El Reglamento de la Ley de Migración dice, en su art. 163 fracción II, que el INM la cancela «por defunción del titular». Es decir, no es algo que la familia tenga que revertir: la tarjeta deja de tener efecto y la cancela el INM.
En la práctica, lo que importa es no seguir usando esa tarjeta ni el pasaporte del fallecido para trámites, y guardar ambos para el expediente de la sucesión.
Los 90 días que sí corren: el cambio de estado civil del cónyuge
Los 90 días que sí existen son para quien se queda: el art. 63 de la Ley de Migración y el art. 167 del Reglamento obligan al residente a notificar los cambios al INM de estado civil, domicilio o trabajo dentro de los 90 días naturales, y para el cambio de estado civil el Reglamento pide el acta de defunción del cónyuge.
Esto es lectura del texto; el trámite exacto en ventanilla conviene confirmarlo con el INM, porque su FAQ oficial sobre notificar cambios (de 2016) lista los cambios y no menciona el fallecimiento. La ley sanciona con 20 a 100 días de salario mínimo a quien deja pasar el aviso (art. 158), sanción que el texto no expresa en pesos de hoy.
Tip del abogado: Si eres el cónyuge que se queda, pregunta por escrito en la oficina del INM qué trámite aplica a tu caso y guarda la respuesta. Es mejor llegar con un acuse de que preguntaste que con una suposición sobre un plazo que nadie te confirmó.
Los documentos que conviene tener listos desde el primer día
El acta de defunción es el documento central; si se expidió fuera de México, necesita apostilla y traducción. Junto con ella conviene reunir el pasaporte y la tarjeta del titular, y los documentos migratorios del cónyuge y de los hijos que viven en México. El día uno es el momento de juntarlos, no cuando el notario o el INM los pidan, porque cada apostilla y cada traducción añade semanas.
Si tu residencia depende del titular, la herencia es también un asunto migratorio
El cónyuge entró como residente por el titular, nunca tramitó nada propio y no sabe que su situación cambia con la viudez. Aquí la ley guarda silencio, y lo honesto es decirlo en lugar de rellenarlo con una regla inventada.

Lo que dice la ley del cónyuge y lo que no dice
El art. 55 fracción II de la Ley de Migración da al cónyuge de un residente permanente una residencia temporal por dos años «siempre y cuando subsista el vínculo matrimonial». Lo que el texto no dice es qué ocurre con esa residencia cuando el titular fallece. No hay una regla escrita para ese caso, y por eso el criterio se confirma con el INM caso por caso.
Quien ya tiene su propia condición de estancia, con vigencia propia, no depende de esa laguna. Para saber quién califica como unidad familiar, la guía del blog te ayuda a ver qué parentesco te da base propia.
Revisa las fechas de vencimiento desde el primer día
Si la FMM o la tarjeta del cónyuge están por vencer en plena etapa de duelo, el problema se multiplica: una estancia vencida complica además la firma ante notario, como verás en la sección siguiente. Lo primero es abrir la tarjeta y el pasaporte de cada persona de la familia y anotar la fecha de vencimiento. Después, buscar una vía propia, por ejemplo la residencia por vínculo familiar si hay un hijo mexicano o un vínculo que califique. No se puede prometer que alguna aplique sin ver el caso.
Hijos que dependen del titular
Si los hijos son menores y su residencia deriva del titular, el análisis es el mismo: hay que ver de quién depende cada tarjeta y qué fecha tiene. La mejor póliza es una preparación en vida: que cada miembro de la familia tenga una condición de estancia propia y al día.
El heredero extranjero necesita estancia regular para firmar ante el notario
La familia viaja a México a «cerrar» la sucesión, llega con una FMM o una tarjeta vencida, y descubre que el notario no puede firmar. No es capricho de la notaría: la Ley de Migración pide situación migratoria regular para actuar ante notario en asuntos de inmuebles (art. 65),.


Qué pide el notario sobre tu estatus (art. 65)
En términos prácticos, situación regular es tener la documentación migratoria vigente: la tarjeta de residente o la FMM en vigor; qué acepta exactamente cada notaría se pregunta antes. Si el heredero o el albacea es extranjero, el notario revisa esa documentación antes de firmar una adjudicación, una venta o la escritura que derive de la herencia. Lo que más atora estos expedientes no es el notario ni el juzgado, sino un documento migratorio vencido que se descubre el día de la firma, cuando el heredero ya compró el vuelo.
Heredero con documentación vencida: primero se regulariza
Si el heredero está en irregularidad migratoria, hay que regularizarse antes de firmar, no después. La vía depende del vínculo: la regularización familiar y sus sanciones es una opción cuando hay un familiar mexicano. Conocer las sanciones por estancia irregular también ayuda a calcular el costo real de esperar. El orden importa: sin estancia regular no hay firma, y sin firma la herencia no avanza.
Conviene regularizar antes de viajar si:
- El heredero tiene la tarjeta o la FMM vencida o por vencer en los próximos meses.
- Hay una vivienda o un fideicomiso que adjudicar y una fecha de firma comprometida.
- El heredero tiene un vínculo familiar que podría darle base propia.
Puedes ir directo al notario si:
- Todos los herederos y el albacea tienen tarjeta o FMM vigente.
- No hay inmueble ni fideicomiso de por medio.
Tip del abogado: Pide al notario, antes de fijar fecha de firma, una lista exacta de documentos migratorios que va a revisar de cada compareciente. Tener esa lista por adelantado evita el vuelo perdido.
Quién firma qué en una herencia con fideicomiso
En una herencia con fideicomiso intervienen, según el caso, el albacea, el heredero y el banco fiduciario: cada uno firma una parte distinta y cada uno tiene su propia documentación. Si eres extranjero y vas a ser albacea, pregunta a la notaría si pide el RFC del albacea, para no descubrirlo el día de la firma.
Si tu familia tiene herederos con documentación al límite, vale la pena revisar el caso antes de fijar fechas con el notario.
ISAI en Querétaro: heredar sí lo paga, y la adjudicación tardía cuenta
Se asume que la herencia no paga nada porque «no hay ISR», y después llega una boleta municipal. La Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro 2026 (publicada el 25 de diciembre de 2025) grava en su art. 15.5 fracción I la adquisición «que ocurra por causa de muerte». Todo lo que sigue aplica al Municipio de Querétaro, donde está Juriquilla; otros municipios, como El Marqués, donde está Zibatá, tienen su propia ley, y aquí no se citan cifras de ellos.

Cuánto paga de ISAI una herencia en Querétaro (con ejemplos)
No es un 6.5% plano: es una tarifa progresiva de ocho rangos, con una cuota fija más un porcentaje que sube por tramos de 2.8352% a 6.8541% sobre el excedente. Estos ejemplos son cálculo propio con la tarifa de la ley 2026:
| Valor del inmueble | ISAI aproximado | Porcentaje efectivo |
|---|---|---|
| $1,000,000 | $53,341 | 5.33% |
| $1,500,000 | $81,705 | 5.45% |
| $2,000,000 | $111,239 | 5.56% |
| $3,000,000 | $170,306 | 5.68% |
Para el cónyuge sobreviviente, la ley deja fuera del impuesto solo su parte en la aplicación de bienes; lo que reciba por encima se grava (art. 15.5 fracción X). Cualquier exención adicional se confirma con la Tesorería o con la notaría antes de firmar.
Cómo se calcula la base: valor de operación vs avalúo
La base es el mayor entre el valor de operación y el avalúo hacendario (art. 15.2), y el avalúo tiene vigencia de un año (art. 15.3).
El impuesto se causa al realizarse la operación (art. 15.4). Si presentas un valor bajo, no ahorras: el municipio cobra sobre el más alto de los dos.
El plazo de tres años y por qué conviene no dejar la adjudicación para después
Cuando la sucesión no se adjudica, el plazo para pagar corre desde los tres años de la muerte del autor; en el caso general, el pago se hace en 15 días hábiles (art. 15.6 fracción II). Es un plazo de pago, no cambia la base ni congela el valor. Dejar la adjudicación para después también deja correr los costos de la casa abandonada y los viajes de quienes tienen que volver a firmar.
Tip del abogado: Pide a la notaría el cálculo del ISAI por escrito antes de reservar fecha de firma, y compáralo con el avalúo vigente. Llegar a la firma sin saber cuánto vas a pagar es lo que más sorprende a las familias.
Qué hacer según tu situación: el plan en tres escenarios
Llegaste hasta aquí con una pregunta práctica: ¿y yo qué hago primero? Depende de en cuál de estos tres escenarios estás.

Si vives en Querétaro con residencia vigente
Haz testamento ante notario mexicano, revisa que tu cónyuge e hijos tengan una estancia propia y guarda una copia de tu tarjeta y del contrato de propiedad donde tu familia pueda encontrarlos. Si el precio es lo único que te frena y no hay urgencia, esperar a septiembre de 2027 es una opción. Si hay un cónyuge o un hijo sin estancia propia, no esperes.
Si tu propiedad está en fideicomiso en zona restringida
Revisa quiénes son tus beneficiarios sustitutos y coordina ese contrato con tu testamento de origen para que no se contradigan. Para saber qué resuelve la SRE y qué el INM en cada paso, ayuda tener claro qué autoridad interviene en la subrogación y cuál en la tarjeta.
Si el titular ya falleció
Reúne el acta de defunción (apostillada y traducida si se expidió fuera de México), revisa las fechas de vencimiento de quienes se quedan, verifica el estatus del heredero antes de ir al notario y pide el cálculo del ISAI.
Conviene actuar ya si:
- Hay un cónyuge o un hijo cuya estancia depende del titular.
- Tienes un fideicomiso con beneficiarios desactualizados.
- Tienes herederos con documentación migratoria vencida.
Puedes esperar a septiembre si:
- Todos los herederos tienen estancia propia y vigente.
- El precio es el único freno y no hay urgencia de salud ni de viaje.
Tu paso de 15 minutos esta semana y cuándo conviene pedir ayuda
Tres cosas para llevarte. Sin testamento en México, la herencia puede quedar años en un juicio. La herencia tiene una cara migratoria: la tarjeta del titular se cancela, el cónyuge no tiene una regla escrita y el heredero necesita estancia regular para firmar. Y heredar no paga ISR, pero el ISAI municipal sí se cobra y su cálculo depende de cómo y cuándo se adjudique.
El paso de hoy son 15 minutos: abre tu tarjeta de residente y tu pasaporte, y anota la fecha de vencimiento de cada miembro de tu familia en México. Si tu cónyuge o tus hijos dependen de tu residencia, o si algún heredero está hoy en irregularidad migratoria, agenda una consulta con AMQ para revisar el expediente antes de ir con el notario: corregirlo después cuesta más que haberlo previsto.
Conviene contratar al bufete si:
- Tu cónyuge o tus hijos tienen una residencia que depende de la tuya.
- Un heredero está en irregularidad migratoria.
- Tienes un testamento en tu país y otro por hacer en México.
Puedes hacerlo solo si:
- Todos tienen estancia propia y vigente.
- Tu patrimonio es un solo inmueble y los herederos están de acuerdo.
Preguntas Frecuentes
P1¿Mi testamento de Estados Unidos o Canadá vale en México?
El Código Civil Federal reconoce los testamentos hechos en el extranjero si se formularon conforme a las leyes del país donde se otorgaron (art. 1593). Aun así hay un trámite para hacerlo valer, y cómo se aplica en Querétaro se confirma con la notaría.
P2¿Qué pasa con la residencia de mi cónyuge si yo fallezco?
El art. 55 fracción II da residencia temporal al cónyuge de un residente permanente mientras subsista el vínculo matrimonial, y no regula qué ocurre si el titular muere. El criterio se confirma con el INM caso por caso.
P3¿Los herederos pagan impuestos por heredar una casa en Querétaro?
No pagan ISR por heredar, pero en el Municipio de Querétaro sí aplica el ISAI, con tarifa progresiva según la Ley de Ingresos 2026. Cualquier exención se confirma con la Tesorería o la notaría antes de firmar.
P4¿Hay que avisar al INM si fallece el titular de la tarjeta?
El Reglamento establece que el INM cancela la tarjeta por defunción del titular. El cónyuge que cambia de estado civil sí tiene 90 días naturales para avisar con el acta de defunción; el trámite exacto se confirma con el INM.
P5¿Cuándo es el Mes del Testamento?
Es una campaña del notariado de Querétaro que se hace cada septiembre, con precio especial. La de este año ya cerró; la siguiente es en septiembre de 2027.
Aviso legal: La información de este artículo es orientativa y se basa en la Ley de Migración, su Reglamento y las prácticas vigentes del INM al momento de su publicación. Cada caso migratorio tiene particularidades que pueden cambiar el resultado. Esta guía no sustituye la asesoría legal personalizada de un abogado migratorio. Si tu situación es delicada o urgente, agenda una consulta para evaluar tu caso específico.